En los últimos cuatro años Colpensiones ha perdido más del 86% de las demandas por nulidad de traslado que se resuelven en su contra1. Esto quiere decir que miles de colombianos que se cambiaron a un fondo privado no fueron debidamente informados ni recibieron la gestión suficiente por parte de los fondos para que el traslado fuera legítimo, por lo que deciden demandar para reingresar a Colpensiones. Gracias a esto, los colombianos tenemos que financiar con nuestros impuestos los costos de defensa frente a estas demandas, a pesar de que su defensa es inútil en la mayoría de los casos ya que las demandas se pierden y se comprometen los recursos fiscales a largo plazo del Sistema General de Pensiones.
Si usted ha leído o se ha interesado sobre pensiones en Colombia, seguramente ha escuchado sobre las demandas a Colpensiones. Primero, porque Colpensiones es la entidad más demandada del estado desde hace años23. Y segundo, porque muchas de esas demandas se refieren a casos de ciudadanos próximos a la edad de pensión que solicitan volver a Colpensiones (antes ISS), al percatarse de las bajas mesadas o mensualidades que ofrecen los fondos privados a sus pensionados.
Para entender bien el problema, debemos partir desde 1995, cuando se crearon los primeros fondos privados de pensión (AFP) en Colombia gracias a la Ley 100 de 1993 (RAIS). A partir de ahí, las AFP´s emprendieron una ambiciosa campaña por afiliar y trasladar empleados a sus fondos, lo que los llevó rápidamente a concentrar la mayoría de los empleados cotizantes, como ocurre en la actualidad 4. El problema se creó porque la campaña por trasladar empleados se hizo en muchos casos sin cumplir los requisitos legales de información y trámites. Muchos fondos privados, que ni siquiera hoy existen (Davivir, Horizonte, etc), aprovecharon la falta de control del estado para trasladar empleados a sus fondos sin ofrecer información completa y veraz, violando el derecho de los afiliados a la transparencia en la información. A pesar de que la regulación a este problema llegaría con el Decreto 2071 de 2015 y la Circular Externa 016 de 2016, el daño para muchos afiliados a fondos de pensiones que se habían trasladado previamente ya estaba hecho.
El principal detonante para que hoy colombianos demanden por nulidad de traslado para reingresar a Colpensiones (antes ISS), está en que los fondos privados ofrecen pensiones muy bajas en comparación con Colpensiones. Esto lo reconoció la OCDE en el documento “Estudios Económicos de la OCDE: Colombia 2022” en dónde menciona que, en promedio, un afiliado a una AFP frente a su último salario tiene una tasa de sustitución del 39%, mientras que en Colpensiones es del 73% 5. Lo que quiere decir que en Colpensiones las pensiones son en promedio un 34% más altas que en un fondo privado, por su tasa de sustitución.
Sin embargo, muchos afiliados a los fondos privados no se percatan de las bajas pensiones que se ofrecen en estos fondos hasta que llegan a la edad de pensión y ven proyectadas sus mesadas pensionales. El problema está en que para ese momento los afiliados ya no cumplen con el requisito de edad (menos de 10 años a la edad de pensión) para trasladarse regularmente, por lo que el único camino que les queda si quieren pensionarse con Colpensiones es demandar por nulidad de traslado.
Para los fondos privados (AFP’s) esta situación termina siendo un negocio redondo. Recordemos que las AFP solo tienen que costear el 15% de pensionados totales, mientras que Colpensiones, con impuestos de los colombianos, tiene que costear las pensiones del 85% de pensionados totales6. Es decir, mientras los fondos privados captan mayores ingresos (al concentrar mayor cantidad de cotizantes activos4), Colpensiones es quién tiene que gastar más por las pensiones de los colombianos en total, así como costear la defensa de las demandas por nulidad de traslado. Lo que nos termina afectando a todos ya que Colpensiones se financia con nuestros impuestos a través del Presupuesto General de la Nación -PGN-.
Este contexto replantea la pertinencia de que Colpensiones y los fondos privados sigan compitiendo por afiliar o trasladar empleados, como lo han venido haciendo desde la Ley 100 de 1993. Mientras esta competencia exista, las demandas por nulidad de traslado seguirán generando un costo fiscal innecesario e inoportuno sobre las finanzas de Colpensiones. Lo lógico sería apuntar a que Colpensiones y las AFP dejen de competir y pasen a complementarse, algo similar a lo que propone la reforma pensional del gobierno. Sin embargo, este cambio tiene que hacerse con miras a la sostenibilidad fiscal del país a largo plazo, por lo que la reforma tendría que incluir esta preocupación para propiciar una solución integral que considere los costos derivados de los traslados en el tiempo.
1 Derecho de petición personal a Colpensiones, cálculo a partir de los datos año a año de “Procesos favorables”, “Procesos desfavorables” y “Procesos con terminación anormal”. Link: https://drive.google.com/file/d/1zWdsyMwowFKKgJ_i8cnmRdHh13HQFE-u/view
2 El Tiempo – Justicia (2022). Colpensiones es la entidad del Estado que más ha sido demanda en 2022. Portafolio. Link: https://www.portafolio.co/economia/gobierno/colpensiones-y-entidades-de-estado-mas-demandas-en-2022-colombia-andje-575311
3 Redacción RCN (2020). Colpensiones, la entidad del Estado más demandada durante 2019. Noticias RCN. Link: https://www.noticiasrcn.com/nacional/colpensiones-la-entidad-del-estado-mas-demandada-durante-2019-352502
4 Carolina Salazar Sierra (2023) Por cada 10 afiliados al sistema de pensiones, siete cotizan en fondos privados. La República. Link: https://www.larepublica.co/finanzas/por-cada-10-afiliados-al-sistema-general-de-pensiones-siete-cotizan-en-fondos-privados-3521529
5 OCDE (2022). Estudios Económicos de la OCDE: Colombia 2022. París. Link: https://read.oecd-ilibrary.org/economics/estudios-economicos-de-la-ocde-colombia-2022_991f37df-es#page4
6 Colpensiones (2023). Informe de gestión 2022. Página 14. Link: https://www.colpensiones.gov.co/documentos/1885/2022/